domingo, 24 de abril de 2016


Principios de la Contratación estatal 

  • Transparencia:
Las contrataciones públicas es bajo confiabilidad ya que se realizan procesos para realizar la selección en estos procesos se tienen que cumplir ciertas reglas que deben ser objetivas, justas y claras para poder permitir a los postulantes presentar buenas propuestas y así mismo realizar observaciones, aclaraciones y objeciones a todos los documentos adquiridos por la entidad y se realiza por medio de audiencias públicas en donde se resuelven dudas y se responden preguntas  también se presentan documentos por terceros postulados garantizando que los procesos se están realizando bajo oportunidad y condiciones iguales.   

LEY 80 DE 1.993.- ARTÍCULO 24. DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA. 



Economia: 
Es decir que los procesos de selección se estructuran de tal manera que solo se surtan las etapas necesarias y plazos indiscutibles asi generando menos cantidad de los recursos. La entidad se asegura de contar con las partidas presupuestales y estudios para que permitan establecer el objeto a contratar. 
LEY 80 DE 1.993.- ARTÍCULO 25. DEL PRINCIPIO DE ECONOMÍA 


Responsabilidad:  
Son responsables la entidad, los contratistas y los funcionarios de sus actuaciones en el proceso de selección y asi podrán responder de manera civil, diciplinariamente y penalmente cuando sus actos causen perjuicios a los postulantes y contratistas. 

  • Equilibrio en el contrato:
Los contratos de entidades publicas tienen un punto de igualdad sobre sus obligaciones y derechos los cuales se establecen en el momento de la contratación por esto si se llegasen a romper la igualdad se toman las medicas necesarias para poder reestablecer el equilibrio contractual.

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