- CONTRATACIÓN PRIVADA: Acuerdo entre dos personas que se estipula en un documento con todas sus responsabilidades y características y aunque no interviene la administración publica en el momento en el que se incumpla alguna de las clausulas podría tener conflictos legales.
- CONTRATACIÓN PUBLICA: Acuerdo entre dos parte en la que obligatoriamente tiene que participar la administración publica y contratan a personas naturales ya sea del sector público o privado para cumplir funciones de servicio público en un común acuerdo entre dos o más personas y tiene como objetivo el derecho publico.
domingo, 24 de abril de 2016
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